El máximo tribunal avala la circular 17/2024 y garantiza el respeto a los derechos laborales.
![SCJN valida paro del Poder Judicial contra reforma](https://static.wixstatic.com/media/53838c_f540596bc6264907aafef8d69fe746a9~mv2.jpeg/v1/fill/w_980,h_455,al_c,q_85,usm_0.66_1.00_0.01,enc_auto/53838c_f540596bc6264907aafef8d69fe746a9~mv2.jpeg)
Multius (multiius.wixsite.com). La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por mayoría de votos que el paro laboral realizado por trabajadores del Poder Judicial de la Federación en protesta contra la reforma judicial impulsada por Morena fue válido y no afectó la impartición de justicia durante su duración. El pleno respaldó la circular 17/2024 emitida por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que reconoció la suspensión de actividades como una medida que evitó incertidumbre jurídica.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, encargado del proyecto, señaló que, de no haberse adoptado la suspensión formal, los plazos legales habrían quedado en un estado de inseguridad, perjudicando tanto a los tribunales como a los justiciables. Destacó que la medida permitió garantizar la atención de asuntos urgentes sin comprometer la continuidad del servicio público.
Sin embargo, las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama votaron en contra. Argumentaron que la circular validaba una suspensión generalizada que iba en contra de la obligación constitucional de garantizar la impartición de justicia sin interrupciones. La ministra Esquivel Mossa afirmó que el derecho a la manifestación pacífica de los servidores públicos no puede implicar el cese total de actividades.
Por su parte, Ortiz Ahlf cuestionó que el CJF no haya conciliado el derecho a la protesta con la continuidad del servicio judicial, mientras que Batres Guadarrama consideró debatible y sancionable la actuación del CJF al legitimar una decisión unilateral de los juzgadores.
El pleno también declaró improcedente pronunciarse sobre la declaratoria formal de suspensión emitida por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED), al considerar que esta no forma parte del PJF. La ministra presidenta, Norma Piña Hernández, precisó que los actos de la JUFED deben ser analizados bajo el marco del derecho civil, y no como controversias constitucionales.
Con una mayoría de siete votos, la SCJN ratificó que la suspensión fue una medida extraordinaria que garantizó la legalidad y preservó el ejercicio de la justicia. Este fallo deja un precedente sobre los límites y derechos de los servidores públicos del Poder Judicial al manifestarse frente a reformas estructurales.
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