La Corte ordena investigar con perspectiva de infancia y atención integral a las víctimas.
Multius (multiius.wixsite.com). La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un asunto sobre violencia sexual contra menores, destacando la obligación del Ministerio Público de investigar de manera inmediata y con perspectiva de infancia. En su fallo, validó las pruebas recabadas por la Fiscalía de la Ciudad de México en la denuncia presentada por una madre contra el padre de sus hijos por presunto abuso sexual en el estado de Guanajuato.
El caso inició cuando la madre, tras divorciarse, se mudó a la Ciudad de México y presentó la denuncia contra su exesposo ante la Fiscalía capitalina. Esta entidad recabó entrevistas de las víctimas, dictámenes especializados y brindó asistencia médica y psicológica, antes de remitir el caso a la Fiscalía de Guanajuato. Sin embargo, un juez de esa entidad anuló dichas pruebas por considerar que la Fiscalía de la Ciudad de México no era competente para investigar hechos ocurridos en otro estado.
Ante esta decisión, el juez guanajuatense no vinculó al proceso al acusado, lo que llevó a la madre a promover un amparo. El caso llegó a la Suprema Corte, que atrajo los recursos interpuestos por ambas partes para analizar la situación.
En su resolución, la SCJN estableció que las pruebas recabadas en un primer momento son válidas, subrayando que el Ministerio Público debe actuar diligentemente al recibir una denuncia, independientemente del lugar donde ocurrieron los hechos. Además, reafirmó que las investigaciones sobre delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes deben realizarse con perspectiva de infancia, preservando evidencia clave y garantizando atención integral para evitar sufrimientos adicionales a las víctimas.
La Suprema Corte también reconoció la validez de las declaraciones ampliadas de los menores y su madre, así como de los dictámenes especializados ofrecidos después de la denuncia. En consecuencia, concedió el amparo a la madre y sus hijos, ordenando al Tribunal de apelación revalorar la decisión de no vincular al padre a proceso, considerando todas las pruebas y el interés superior de la niñez.
Este fallo, con la ponencia de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, sienta un precedente importante para garantizar la protección de menores víctimas de delitos y refuerza la obligación de las autoridades de actuar con sensibilidad y diligencia. La resolución representa un paso hacia la justicia en casos de violencia sexual y subraya el papel de la SCJN como garante de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
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