Morelia, Michoacán. (Multiius.mx). En una reciente sentencia de la Suprema Corte de Justicia de República Dominicana, se aborda un caso emblemático que resalta la importancia del debido proceso en los procedimientos contencioso-administrativos, especialmente cuando intervienen múltiples partes. La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, mediante la sentencia del 27 de septiembre de 2018, declaró nula una resolución de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), lo que llevó al consorcio Jorge Mustonen S.R.L. a interponer un recurso de casación.
Este recurso, sin embargo, fue inadmisible debido a una omisión fundamental: no se notificó adecuadamente a todas las partes involucradas en el proceso original. El fallo destacó que, en casos de pluralidad de demandantes o demandados, la notificación a todos los involucrados es crucial para garantizar el derecho a la defensa. La falta de emplazamiento formal a algunas partes llevó a que el recurso fuese rechazado, ya que no se garantizó que todos los actores estuvieran en condiciones de defender sus intereses.
El caso subraya la indivisibilidad del litigio en el ámbito administrativo, dado que cuando un acto de la administración pública es impugnado, todas las partes deben ser debidamente emplazadas. En este sentido, el fallo destacó que cualquier sentencia en la que intervenga la administración pública tiene implicaciones amplias, ya que afecta la legalidad de los actos administrativos, y por tanto, todas las partes deben ser notificadas para que puedan ejercer su derecho de defensa.
El hecho de que no se haya emplazado a todas las partes involucradas derivó en la inadmisibilidad del recurso de casación. Este resultado deja una enseñanza clara: los litigantes en procesos donde hay pluralidad de partes deben asegurarse de que todas ellas estén debidamente emplazadas, especialmente cuando el objeto del litigio es indivisible. De lo contrario, el proceso judicial corre el riesgo de ser anulado en etapas posteriores, como ocurrió en este caso.
En síntesis, este fallo refuerza la importancia de los principios procesales en el ámbito contencioso-administrativo, destacando la necesidad de seguir al pie de la letra los procedimientos legales, especialmente en lo referente al emplazamiento de las partes.
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